El Diario de la Unión Europea ha publicado un nuevo reglamento de la Comisión Europea (CE), que establece una serie de alternativas para los agricultores de los Estados miembros para el cumplimiento de la norma BCAM 8. Dicha norma exige un porcentaje mínimo de tierras agrícolas para ser destinadas a elementos no productivos.
Con este nuevo reglamento, los Estados miembros tienen la opción de permitir a sus agricultores dedicar un mínimo de 4% de las tierras a superficies o elementos no productivos. Esto incluye terrenos en barbecho, cultivos que fijan nitrógeno o cultivos intermedios. Importante es destacar que, en caso de optar por cultivos intermedios y los que fijan nitrógeno, se prohíbe el uso de productos fitosanitarios.
Esta medida surge como una flexibilización para el cumplimiento de la BCAM 8, la cual tiene como finalidad principal la conservación de elementos y superficies no productivas que favorecen la biodiversidad en las explotaciones agrícolas.
La CE ha considerado tomar esta decisión luego de evaluar las dificultades y desafíos a los que se enfrentan los agricultores, entre los que se incluyen fenómenos meteorológicos extremos como sequías e inundaciones. Estos han afectado significativamente los rendimientos, ingresos y el cronograma habitual de las prácticas agronómicas.
Otros desafíos a considerar por la CE son los altos costos energéticos e insumos debido al conflicto entre Rusia y Ucrania, la inflación, las modificaciones en los flujos comerciales internacionales y los cambios para dar apoyo a Ucrania. Estas circunstancias han generado más incertidumbre y tensión en el mercado.
Los agricultores se han enfrentado a una baja de ingresos, especialmente en el caso de los cereales, cuyos precios han caído con respecto al año 2022. Por ejemplo, el valor de producción del cereal en la Europa de los 27 pasó de 80.600 millones de euros en 2022 a 58.800 millones en 2023, lo que representa una disminución del 27%.
Esta medida por parte de la CE pretende aliviar esta situación y entrará en vigor este miércoles. Los Estados miembros que decidan aplazar su aplicación tendrán un plazo de 15 días para comunicarlo.