En la jornada de ayer, el Parlamento Europeo dio luz verde a nuevas regulaciones con el propósito de reforzar la información proporcionada al consumidor en las etiquetas de productos tan cotidianos como son la miel, las mermeladas y los zumos de frutas. Este nuevo marco de normas ha recibido un fuerte apoyo en la sesión plenaria, con 603 votos a favor, 9 en contra y 10 abstenciones; representando un progreso en la bautizada como «directivas del desayuno».
Con las nuevas directivas para el etiquetado de productos de desayuno, se pretende luchar contra las importaciones de miel adulterada, a menudo proveniente de países ajenos a la Unión Europea. Para ello, se implementará un etiquetado obligatorio que permitirá conocer el país de origen de la miel y se establecerá un mecanismo de trazabilidad del producto.
Al mismo tiempo, estas nuevas normas aspiran a ofrecer al consumidor una mayor claridad sobre el contenido de azúcar en los zumos de frutas y el contenido mínimo de fruta presente en confituras y mermeladas. Se pretende así impulsar un cambio hacia hábitos dietéticos más saludables.
En el caso de la miel, las etiquetas deberán señalar los países de origen por peso y en orden descendente, así como el porcentaje que estos representan en la mezcla. Se concede, sin embargo, la opción a los países miembros de que únicamente se indique el porcentaje de las cuatro partes más grandes si estas abarcan más del 50% del peso total.
Además de estas medidas, se ha creado una plataforma de expertos dedicada a colaborar con la Comisión Europea para desarrollar métodos que permitan detectar las adulteraciones en la miel y mejorar los controles sobre este producto.
Por otro lado, las nuevas normas para los zumos de fruta establecen la creación de tres nuevas categorías: «zumo de fruta con bajo contenido en azúcar», «zumo de fruta con bajo contenido en azúcar a partir de concentrado» y «zumo de fruta concentrado con bajo contenido en azúcar». Además, permiten a los fabricantes usar la etiqueta «los zumos de frutas contienen sólo azúcares naturales».
No se quedan atrás las mermeladas y las mermeladas extra, que contarán con un aumento en su contenido mínimo de fruta, asegurándose a su vez que haya una distinción relevante entre ambas categorías. Este cambio implicará una consecuente reducción en su contenido de azúcar.
Estas nuevas normas, propuestas por la Comisión Europea el 21 de abril de 2023 con el objetivo de reactualizar las normas vigentes, de más de 20 años de antigüedad, deberán ser adoptadas por el Consejo. Tras su publicación en el Diario Oficial de la UE, entrarán en vigor a los 20 días, y los países miembros tendrán un plazo máximo de dos años para aplicar dichas normas una vez estas entren en vigor.